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Ley del Medio Ambiente

La Asociación Nacional de la Empresa Privada, consciente de la necesidad de establecer en el país regulaciones ambientales que incentiven el aprovechamiento racional de los recursos naturales, que eviten el deterioro ambiental y que promuevan el desarrollo sustentable, manifestamos una vez más nuestro apoyo a la Ley del Medio Ambiente.

Queremos una Ley del Medio Ambiente fuerte, eficaz y realista. Por ello, con todo respeto nos permitimos hacer las siguientes consideraciones:
 

1.

La Consulta Pública establecida en el Art. 25 de dicha ley, debe realizarse solamente para crear las reglas generales que todos debemos cumplir, como son las políticas ambientales y los planes de desarrollo y ordenamiento territorial a nivel nacional, regional o local. La capacidad de la población para participar y emitir opiniones en proyectos específicos que afecten su calidad de vida, ya está contemplada en el Código Municipal. Lo que resulta impropio es incluir esta disposición en la Ley de Medio Ambiente, como una obligación al funcionario para aprobar determinados proyectos. Por otro lado, una consulta de este tipo debe ser adecuadamente reglamentada para evitar ser objeto de manipulaciones maliciosas o mal intencionadas con propósitos políticos o comerciales.

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2.

Para que la Ley del Medio Ambiente sea efectiva, se requiere el establecimiento de reglas claras que proporcionen seguridad jurídica a los empresarios y que sean aplicables en forma previsible, sin dar lugar a diferentes interpretaciones según el funcionario que las aplique. Por esa razón, apoyamos las observaciones del Presidente de la República, las cuales están orientadas a reducir la discrecionalidad de los funcionarios a cargo de las regulaciones ambientales. Estamos seguros que al definir normas y estándares ambientales en forma precisa, a través de leyes o reglamentos, no solo se estará contribuyendo a fomentar las inversiones eco - eficientes en el país, sino que también se estará eliminando la posibilidad que se cometan errores, arbitrariedades y corrupción en el nuevo Ministerio del Medio Ambiente.

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3.

Las facultades de otorgar concesiones para el aprovechamiento de los recursos naturales ya están contempladas en leyes especiales de cada materia. No se puede permitir que diversas instituciones otorguen derechos de uso sobre un mismo recurso, pues esto llevaría al desorden y la sobre-explotación. Creemos que en cada caso, las leyes especiales deben especificar claramente las autoridades responsables, sus funciones y los procedimientos de adjudicación, de tal manera que se evite asignar los recursos escasos con criterios políticos y se asegure su uso más conveniente para la sociedad.

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4.

La Ley del Medio Ambiente debe combinar incentivos que promuevan el uso racional de los recursos naturales con un sistema claro de derechos de propiedad. Los instrumentos de mercado están siendo utilizados en muchos países que después de experimentar costosas e inefectivas regulaciones, ahora tratan de modernizar sus leyes ambientales. En El Salvador, deberíamos aprovechar la experiencia internacional para desarrollar la iniciativa privada en la búsqueda de soluciones ambientales. Por eso, consideramos que los planes de adecuación voluntaria y los mecanismos de compensación deberían ser de aplicación permanente, y no excepcional, como se considera actualmente en la Ley del Medio Ambiente.

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5.

Finalmente, reiteramos nuestro compromiso por una Ley de Medio Ambiente realista. Consideramos que la ley debe tener carácter general, para no contradecir disposiciones de leyes especiales que establecen normativas más claras con respecto a los temas ambientales. Contradecir este principio significaría fomentar la inseguridad jurídica y un atascamiento en las acciones del Estado, lo cual sería nocivo para el desarrollo sustentable de nuestro país.

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PORQUE QUEREMOS UNA LEY DE MEDIO AMBIENTE FUERTE EFICAZ
Y REALISTA

San Salvador, El Salvador
Marzo 25, 1998

 

Asociación Nacional de la Empresa Privada
ANEP

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